Valor por Dinero: Qué es y Cómo se Aplica en las Contrataciones Públicas del Perú
El principio de valor por dinero es uno de los pilares de la Ley 32069, Ley General de Contrataciones Públicas. Su incorporación cambia la forma en que el Estado peruano selecciona a sus proveedores: ya no basta con ofrecer el precio más bajo, sino demostrar que la propuesta genera el mayor beneficio real para la entidad y finalmente para la ciudadanía.
Qué establece la Ley 32069 sobre el valor por dinero
El Art. 5, literal c) de la Ley 32069 define el valor por dinero como uno de los principios rectores de toda contratación pública, con independencia de su régimen legal.
Según esta disposición, las entidades contratantes deben maximizar el valor de lo que obtienen en cada contratación, como las licitaciones públicas en Perú, en términos de eficiencia, eficacia y economía.
- Calidad
- Sostenibilidad de la oferta
- Costos
- Plazos
Esto implica contratar a quien asegure el cumplimiento de la finalidad pública, considerando estos factores y no procurar únicamente el menor precio.
En simple: No gana el más barato, gana el que genera mayor beneficio total para la entidad.
Lo que importa es el conjunto de condiciones que ofrece cada propuesta en relación con lo que la entidad realmente necesita obtener, el precio sigue siendo relevante, pero ya no es el único factor determinante.
Cómo se aplica en las actuaciones preparatorias y la selección
La aplicación práctica del valor por dinero comienza mucho antes de la evaluación de ofertas.
El Art. 46 establece que el requerimiento —que da inicio al proceso de contratación— debe formularse considerando expresamente este principio, orientando las especificaciones técnicas o términos de referencia en función del desempeño y la funcionalidad esperados.
Por su parte, el Art. 54 señala que cualquier procedimiento de selección competitivo debe contemplar las condiciones necesarias para que la adjudicación recaiga en la oferta más conveniente.
Esto autoriza y exige que los factores de evaluación vayan más allá del precio e incluyan criterios vinculados al objeto de la contratación.
Implicancias para entidades y proveedores
Para las entidades públicas, aplicar el principio del valor por dinero exige rigor técnico en todas las fases del proceso.
El Art. 27 reconoce la facultad discrecional de los funcionarios, la cual debe fundamentarse en el rigor técnico para optar por la mejor decisión.
Para los proveedores, este enfoque abre una oportunidad real: diferenciarse no solo por precio, sino por el valor integral de su propuesta.
Al elaborar el requerimiento de tu entidad, asegúrate de que las especificaciones técnicas describan el resultado esperado, no solo las características del bien o servicio. Por ejemplo, en lugar de solo indicar "servidor con 32 GB de RAM", puedes redactar "servidor con capacidad suficiente para soportar X usuarios simultáneos con tiempo de respuesta no mayor a Y segundos".
👉 Nota: Si deseas conocer los montos límites para cada procedimiento de selección puedes consultar aquí.
Este contenido tiene fines informativos y refleja una interpretación del autor. Para comprender todos los alcances, es recomendable revisar la ley completa.
